Nueva normativa para la expedición de licencias de caza de Extremadura

Nueva normativa para la expedición de licencias de caza de Extremadura

El día 1 de julio entró en vigor la nueva normativa de la Junta de Extremadura que regula el trámite y obtención de licencias de caza.

Se crea el Registro de Cazadores de Extremadura y se simplifican las exigencias y requisitos para la obtención de la licencia de caza de Extremadura que podrá adaptarse a los convenios de colaboración, acuerdos o protocolos de cooperación que se suscriban con otras Comunidades Autónomas en esta materia. En este sentido se está trabajando con otras siete Comunidades Autónomas en la creación de una licencia interautonómica.

En esta nueva Ley de Caza de Extremadura se ha cambiado la regulación de las licencias de caza, de las autorizaciones temporales para cazar y la convalidación de las licencias de caza de otras comunidades autónomas. Además, se ha creado el carnet del cazador, que a partir de ahora será requisito indispensable, junto a la licencia de caza, para practicar la actividad cinegética en la región.

Se modifica la regulación de las licencias de caza y de las autorizaciones temporales para cazar en Extremadura a cazadores no residentes, y se incluye la posibilidad de dar valor a las licencias de otras comunidades autónomas con las que se establezca acuerdos de homologación.